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Dar de alta la luz en una vivienda

Que llegue la electricidad a un punto que no la tiene. Suena a trámite de una tarde y a veces lo es, pero depende de un detalle que casi nadie comprueba antes: cuánto tiempo lleva esa vivienda sin suministro.

Te decimos qué papeles necesitas en tu caso concreto antes de empezar.

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No pedimos DNI, IBAN ni datos bancarios en este paso.

Antes de nada: ¿es un alta nueva o una reconexión?

Los dos casos se llaman coloquialmente «dar de alta la luz» y son trámites bastante distintos. Merece la pena tenerlo claro desde el principio porque cambia la documentación, el plazo y el precio.

Las dos situaciones más habituales al pedir un alta de suministro eléctrico.
 ReconexiónAlta nueva
SituaciónLa vivienda tuvo luz hace menos de tres años y se dio de baja.Obra nueva, o punto sin suministro desde hace más de tres años.
Boletín eléctricoNormalmente no hace falta.Obligatorio.
Derechos que se paganEnganche, y acceso o extensión si cambia la potencia.Acceso, extensión y enganche.
Plazo orientativoDías hábiles.De una a varias semanas según la obra.

La frontera de los tres años es la que más sorprende. Una casa de pueblo que lleva cuatro años cerrada necesita boletín, aunque la instalación esté impecable y no se haya tocado un cable.

Documentación que te van a pedir

  • DNI o NIE del titular. El titular del contrato debe ser una persona con capacidad para contratar, y conviene que sea quien realmente ocupa la vivienda.
  • CUPS. El código de veinte o veintidós caracteres que identifica el punto de suministro. Está en cualquier factura anterior de esa vivienda y en el cuadro del contador.
  • Dirección completa y referencia catastral. Con piso, puerta y escalera. Un error aquí es la causa más frecuente de que un expediente se atasque.
  • Cuenta bancaria. Para domiciliar la factura.
  • Certificado de instalación eléctrica. El boletín, si el caso lo exige.
  • Cédula de habitabilidad o licencia de primera ocupación. En vivienda de obra nueva.
Si no encuentras el CUPS No hace falta que lo busques tú. Se puede localizar a partir de la dirección exacta y la referencia catastral. Mándanos los datos y lo sacamos nosotros.

Elige bien la potencia antes de firmar

Es el momento de decidirlo, porque cambiarla después cuesta dinero y solo se permite una vez cada doce meses. En una vivienda entre 70 y 100 m² sin calefacción eléctrica ni coche eléctrico, lo razonable suele moverse entre 3,45 y 5,75 kW. Con cocina de inducción y varias personas en casa, el extremo alto de esa horquilla tiene sentido; en un piso pequeño con gas, no.

Hicimos la cuenta con más detalle en potencia contratada. Si tienes dudas con tu caso, es una conversación de cinco minutos.

Qué cuesta un alta

La distribuidora cobra tres conceptos regulados: derechos de acceso, derechos de extensión y derechos de enganche. Se calculan sobre los kilovatios contratados y son iguales en toda España porque los fija la normativa, no la compañía. A eso se le suma el IVA.

El boletín eléctrico va aparte y su precio no está regulado: depende del instalador y de la dificultad de la revisión. Pide siempre presupuesto antes.

La gestión del contrato en sí no debería costarte nada. Si alguien te cobra por «tramitar el alta», pregunta exactamente qué concepto es.

Un aviso sobre las llamadas Cuando se pide un alta empiezan a llegar llamadas comerciales. Ninguna comercializadora legítima necesita que le des tu contraseña de banca ni un código que te llegue por SMS. Si te lo piden, cuelga.

Cuánto tarda

Si el punto ya tiene instalación y solo hay que reactivarlo, lo normal es que se resuelva en pocos días hábiles desde que la distribuidora recibe el expediente completo. Las tres palabras importantes son «expediente» y «completo»: el reloj no empieza a correr hasta que no falta ningún papel.

En obra nueva, o cuando hay que extender la red hasta la parcela, el plazo se alarga y depende de trabajos físicos que no controla ni la comercializadora ni tú. Ahí conviene empezar el trámite con margen.

Dudas frecuentes

Sobre el alta de luz

¿Qué documentos necesito para dar de alta la luz?

DNI o NIE del titular del contrato, el CUPS del punto de suministro, la dirección completa de la vivienda con su referencia catastral, una cuenta bancaria para la domiciliación y, cuando corresponde, el certificado de instalación eléctrica o boletín. En viviendas de obra nueva se pide además la cédula de habitabilidad o la licencia de primera ocupación.

¿Cuándo hace falta boletín eléctrico?

Se exige en instalaciones nuevas, cuando el punto de suministro lleva más de tres años sin actividad y cuando se quiere contratar una potencia superior a la que recoge el boletín existente. Lo emite un instalador autorizado tras revisar la instalación, y su coste no está regulado: varía según el profesional.

¿Cuánto tarda el alta de luz?

Cuando el punto ya tiene instalación y solo hay que reactivarlo, lo habitual es que se resuelva en pocos días hábiles desde que la distribuidora recibe el expediente completo. En obra nueva o cuando hace falta extender la red, el plazo se alarga porque intervienen trabajos físicos.

¿Cuánto cuesta dar de alta la luz?

El alta conlleva tres conceptos regulados que cobra la distribuidora: derechos de acceso, derechos de extensión y derechos de enganche, más el IVA correspondiente. A eso hay que sumar el boletín eléctrico si el caso lo exige, que no es un importe regulado. La gestión del contrato con la comercializadora no debería costarte nada.

Voy a vivir de alquiler. ¿Doy de alta o hago un cambio de titular?

Si la vivienda tiene suministro activo, el cambio de titular es casi siempre la mejor opción: es gratuito, mantiene la potencia y evita pagar de nuevo los derechos de alta. Dar de baja y volver a dar de alta significa pagar dos veces por lo mismo.

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