Diccionario de la factura de la luz y el gas
Cuarenta y cuatro términos que aparecen en tu factura o en la conversación con un comercial, explicados en una frase y sin dar por sabido nada. Si te has quedado con una duda leyendo cualquier otra página de esta web, probablemente esté aquí.
A
- Acometida
- La instalación que conecta la red de distribución con el punto de suministro de un inmueble. Sin acometida no puede haber contrato: primero hay que llevar físicamente la red hasta allí.
- ATR
- Acceso de Terceros a la Red. El contrato técnico entre la comercializadora y la distribuidora que permite usar la red para suministrar a un cliente. Tú no lo firmas ni lo ves, pero es lo que hace posible cambiar de compañía.
- Autoconsumo
- Producir electricidad para el propio consumo, normalmente con placas solares. Puede ser con excedentes, si lo que sobra se vierte a la red, o sin excedentes, si un dispositivo impide el vertido. Lo desarrollamos en autoconsumo solar.
B
- Descuento regulado sobre la factura de la luz para hogares vulnerables. Solo se aplica sobre el PVPC y solo lo tramitan las comercializadoras de referencia. Los requisitos, en la guía del bono social.
- Boletín eléctrico
- Nombre coloquial del certificado de instalación eléctrica. Lo emite un instalador autorizado y acredita que la instalación cumple la normativa. Se exige en altas nuevas, tras más de tres años sin suministro y para subir de potencia por encima de lo certificado.
C
- Comercializadora
- La empresa que te vende la energía y te emite la factura. La eliges tú y puedes cambiarla cuando quieras. No es dueña de la red ni repara averías.
- Comercializadora de referencia
- Empresa autorizada por normativa para ofrecer las tarifas reguladas: el PVPC en luz y la TUR en gas. Son un grupo cerrado y todas aplican exactamente el mismo precio regulado.
- Compensación de excedentes
- Mecanismo por el que la energía solar que produces y no consumes se descuenta del importe de tu factura. Es un descuento, no una venta, y no puede superar el coste de la energía consumida en el periodo.
- Consumidor vulnerable
- Categoría regulada que da derecho al bono social. Se determina por umbrales de renta calculados sobre el IPREM y por circunstancias familiares, con tres niveles de protección.
- Contador telegestionado
- Contador digital que la distribuidora puede leer y configurar en remoto. Es lo que permite cambiar la potencia contratada sin que venga nadie a casa y registrar el consumo hora a hora.
- CUPS
- Código Universal del Punto de Suministro. Empieza por ES y tiene entre veinte y veintidós caracteres. Identifica el punto de suministro, no a la persona: si te mudas, el CUPS se queda en la vivienda.
- Curva de carga
- El registro de cuánta energía consumes en cada hora. Es el dato que permite calcular con exactitud qué tarifa te conviene, y tu distribuidora está obligada a facilitártelo.
D
- Derechos de acceso
- Importe regulado que se paga a la distribuidora por reservar potencia en la red al dar de alta un suministro o al subir de potencia.
- Derechos de enganche
- Importe regulado por la actuación material de conectar o reconfigurar el suministro. Es el único que se paga al bajar de potencia.
- Derechos de extensión
- Importe regulado que cubre la parte proporcional de las infraestructuras de red necesarias para dar servicio a una nueva potencia.
- Discriminación horaria
- Aplicar precios distintos a la energía según la hora del día. En la factura se nota cuando las tres líneas del término de energía tienen precios diferentes. Lo vemos en tramos horarios.
- Distribuidora
- La empresa propietaria de la red de tu zona. No la eliges: la determina la geografía. Lee el contador, repara averías y ejecuta los cambios de potencia. Es a quien hay que llamar si se va la luz.
E
- Energía reactiva
- Energía que consumen motores y equipos con bobinados sin convertirse en trabajo útil. No se factura en suministros domésticos, pero se penaliza en los de empresa cuando supera cierto umbral.
G
- Garantía de origen
- Certificado regulado que acredita que una cantidad de energía se generó a partir de fuentes renovables. Es lo que respalda a las tarifas que se venden como cien por cien renovables. La electricidad física que llega a tu enchufe es siempre la misma.
I
- ICP
- Interruptor de Control de Potencia. El dispositivo que corta el suministro cuando se supera la potencia contratada. En los contadores actuales su función está integrada en el propio equipo.
- Impuesto especial sobre la electricidad
- Tributo estatal que se aplica como porcentaje sobre la suma del término de potencia y el término de energía, antes del IVA.
- Indexada
- Tarifa del mercado libre en la que pagas el precio real del mercado mayorista más un margen fijo de la comercializadora. Estructura transparente, importe variable. Comparada con la fija en esta guía.
- IPREM
- Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples. Referencia que se actualiza cada año y sobre la que se calculan los umbrales de renta del bono social.
K
- kW
- Kilovatio. Mide potencia: cuánta electricidad puedes usar a la vez. Es la unidad de la potencia contratada.
- kWh
- Kilovatio hora. Mide energía: cuánto has consumido. Un aparato de 1 kW encendido durante una hora consume 1 kWh. Confundir kW con kWh es el malentendido más común de todos.
L
- Lectura estimada
- Consumo calculado a partir de tu histórico porque la distribuidora no ha leído el contador. Se regulariza en la siguiente lectura real, pero provoca facturas irregulares.
- Lectura real
- Consumo medido efectivamente en el contador. Es la que debería aparecer en todas las facturas con un contador telegestionado.
M
- Maxímetro
- Registro de la potencia máxima demandada en cada periodo. En suministros de empresa, superar la potencia contratada genera un recargo por exceso. Lo explicamos en luz y gas para negocios.
- Mercado libre
- El ámbito en el que decenas de comercializadoras ponen su propio precio y compiten entre sí. Es donde tiene sentido comparar ofertas.
- Mercado mayorista
- El mercado donde se casan oferta y demanda de electricidad hora a hora. Su precio marca el coste de la energía y es la referencia de las tarifas indexadas y del PVPC. También se le llama pool.
- Mercado regulado
- El ámbito de las tarifas cuyo precio fija el Gobierno: el PVPC en electricidad y la TUR en gas. El precio es idéntico en todas las empresas autorizadas a ofrecerlas.
O
- OMIE
- Operador del Mercado Ibérico de Energía. La entidad que gestiona el mercado mayorista de electricidad en España y Portugal y publica los precios horarios.
P
- Peaje de acceso
- La parte regulada del precio que retribuye el uso de las redes de transporte y distribución. Es igual para todas las comercializadoras y no se negocia.
- Permanencia
- Compromiso de mantener un contrato durante un tiempo, normalmente doce meses. Salir antes puede conllevar una penalización, limitada por normativa a un porcentaje reducido de la energía pendiente de suministro.
- Potencia contratada
- El máximo de electricidad que puedes usar a la vez, en kW. Se paga por cada kW y por cada día del periodo, consumas o no. Cómo calcularla, en potencia contratada.
- PVPC
- Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor. La tarifa eléctrica regulada, con precio horario fijado por una metodología pública. Solo para potencias de hasta 10 kW y solo a través de comercializadoras de referencia. Más en qué es el PVPC.
- Punta, llano y valle
- Los tres periodos horarios del peaje 2.0 TD. Punta de 10:00 a 14:00 y de 18:00 a 22:00 en días laborables; llano de 8:00 a 10:00, de 14:00 a 18:00 y de 22:00 a 24:00; valle de 0:00 a 8:00 y fines de semana y festivos nacionales completos.
R
- Red Eléctrica
- El operador del sistema eléctrico español. Se encarga del transporte en alta tensión y de que generación y demanda cuadren en todo momento. Publica los datos del sistema, incluidos los precios del PVPC que usamos en precio de la luz.
T
- Tarifa 2.0 TD
- El peaje de acceso de los suministros de baja tensión con hasta 15 kW de potencia. Es el de prácticamente todas las viviendas españolas.
- Tarifa 3.0 TD
- El peaje de los suministros de baja tensión con más de 15 kW. Divide el año en seis periodos horarios, cada uno con su precio de energía y su propia potencia contratada.
- Término de energía
- La parte de la factura que se paga por los kWh consumidos. Depende de tu comportamiento y de la tarifa contratada.
- Término de potencia
- La parte de la factura que se paga por los kW contratados y por cada día del periodo. No depende del consumo: se paga aunque la casa esté vacía todo el mes.
- TUR
- Tarifa de Último Recurso. La tarifa regulada del gas natural, con precio revisado periódicamente por el Gobierno, disponible para consumos de hasta 50.000 kWh al año. Más en tarifas de gas.
V
- Vertido a la red
- La energía que una instalación de autoconsumo produce, no consume y envía a la red de distribución. Es la que después se compensa en factura.
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